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Si ha tenido un accidente de circulación siga estos consejos, a fin de asegurarse una máxima indemnización:
1. Si dispone de cámara fotográfica, tome fotos de su vehículo, del contrario, y de todos los detalles del siniestro, incluso de su ropa.
2. Anote los datos personales de las personas que se hallen en el lugar, puede necesitarlos como testigos.
3. Llame a la policía correspondiente a fin de que acuda y tome nota de todo lo sucedido.
4. Acuda a un médico que le efectúe un examen exhaustivo, un dolor leve puede agravarse con posterioridad, debe visitarle hasta estar repuesto totalmente del accidente.
5. Comunique el accidente a su compañía aseguradora, dentro de los siete días siguientes.
6. Guarde todos los documentos que tengan relación con el siniestro.
7. Debe recordar toda la información posible de todo lo acaecido, y dado que en caso de tener que acudir a la vía judicial para cobrar su indemnización los procedimientos suelen ser largos, apunte todo lo que recuerde de la escena del accidente, sus notas le servirán con posterioridad para refrescar su memoria.
8. Si ha sufrido lesiones tiene seis meses para interponer una denuncia ante el Juzgado, busque antes de que transcurra este plazo un abogado especialista en accidentes de tráfico.
9. Desde un primer momento debe decidir si sus intereses serán defendidos por la propia compañía aseguradora o por un abogado ajeno a la misma. Si desea conseguir la máxima indemnización, recuerde que su compañía/la contraria le intentará pagar lo menos posible. Busque un abogado independiente, e imparcial, que velará única y exclusivamente por sus propios intereses.
10. Nunca acepte una indemnización de daños y perjuicios, ni firme documento alguno de hallarse saldado y finiquitado por cuantos conceptos pudieran corresponderle con ocasión de accidente, sin haberlo consultado con un abogado.
11. PONGASE EN CONTACTO CON GLOBAL INDEMNIZACIONES SLP
La conducción de un vehículo, un coche o una motocicleta, puede dar lugar a la comisión de alguno de los delitos o faltas sancionados por el Código Penal.
Los delitos más destacados son los siguientes:
Por su parte, numerosas conductas no son constitutivas propiamente de delitos sino de faltas como por ejemplo, las lesiones o incluso el homicidio, si se ha cometido por imprudencia.